¿Puedo demandar a prestamista?
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Contestado
Debe manifestar al acreedor su imposibilidad de pago, proponer una vía conciliada o esperar que haga efectivo el título valor (letra de cambio), que en todo caso le resultará mas económico, bajo el entendido de que la letra está suscrita por 1.5 millones.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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