¿Podemos reclamar por fraude procesal y enriquecimiento ilícito en una herencia?

Mi padre le otorgó poder general a mi hermano en el año 1988 para que administre los bienes; mi padre muere en el año 1994 y mi hermano vende el inmueble donde hemos vivido a su esposa en el año 2006.
En el año 2007, 8 hermanos exceptuando 2, le firmamos un poder General sin saber de la venta del inmueble a su esposa.
Mirando el Certificado de Tradición, vemos que el inmueble fue hipotecado en el año 2007, y en el año 2011 es embargado por la persona a quien se la hipotecaron.
Pregunta: ¿podemos denunciar para que nos devuelvan el inmueble y otras ventas hechas?
Mil gracias por su amabilidad.

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Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Contestado

En efecto y conforme al relato de su consulta su hermano a usado indebidamente un documento publico que al momento de fallecer su padre, carece de toda validez, pues debe tenerse muy presente que LOS PODERES GENERALES, quedan sin efectos al desaparecer el otorgante, y para la ley lo procedente es el inicio de los tramites sucesorales, a objeto de adjudicar a cada cual lo que en derecho y por herencia corresponda. Usted debe ir a la notaria donde fue otorgado el poder general a su hermano e informar con el registro civil de defunción de su padre al notario sobre el particular, a efectos de que la notaria no expida certificados de vigencia alguna, y mas aun pídales en derecho de petición que le certifiquen que por la muerte de su padre se anexa a la escritura de poder que este ha perdido toda vigencia desde 1994. Esa prueba usted la presenta ante el registro de instrumentos, notaria donde se hizo la compraventa fraudulenta, a la esposa de su hermano y la hipoteca, y procede a conminar al infractor a que pague los que debe o devuelva el inmueble para inicio de la sucesión, sino no lo hace por ese medio respetuoso, usted nos contacta y nosotros le indicaremos que hacer; acciones que incluyen actividad penal y civil, pues podrá usted impugnar la compraventa y abrir proceso de investigación contra su hermano y la esposa, los cómplices, que son la esposa de el y muy posiblemente los hipotecarios, quienes tendrán que decidir si reparan el daño voluntariamente o se exponen a acciones legales que definitivamente les perjudicaran, pues todo acto criminal tiene consecuencias. Delitos posibles: Fraude procesal y Enriquecimiento ilícito. Actúe siempre por conducto de abogado. Contáctenos y programe su cita: asistenciajudicialdevoument@gmail.com Atte. Grupo Devoument Abogados S.A.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado