¿Qué pasa con el incumplimiento?
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Yilmar Tafur Abogados Asociados
Abogado de Cali especializado en Derecho Administrativo
Contestado
hace 9 años
Ud, podrá denunciarlo penalmente por el delito de inasistencia alimentaria y proceder al embargo y posterior secuestro de los bienes del alimentante, igualmente podrá proceder ante la jurisdicción de familia donde igualmente podrán embargarle y secuestrarle los bienes para garantizar el pago de los alimentos. En ultima instancia si el alimentante se oculta, podrá perseguir a los abuelos paternos y cobrar a estos el pago de los alimentos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor