Mi esposo no a cancelado 2 meses de la cuota que le corresponde a la hija se declara inasistencia alimentaria ?
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Para dar una respuesta concreta a su caso, debemos tener más información, cual es su interés en que sea declarada la inasistencia alimentaria? Usted quiere hacer una denuncia penal contra él? Esta interesada en iniciar un proceso ejecutivo para hacer el cobro de las cuotas atrasadas? .Si le gustaría contar con asesoría jurídica especializada, podemos atenderle en nuestras oficinas en Bogotá. Le invitamos a contactarnos de inmediato. Consúltenos: juridico@colombia.com
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Debe esperar por lo menos tres meses para que el señor padre realice el pago. En caso negativo primero comuníquese para que establezcan una fecha de pago. En caso de incumplimiento, debe acudir ante la entidad o autoridad, que llevó el caso para que declare la inasistencia alimentaria.
JOSE HERRERA
Abogado de Facatativá
si, tan solo que deje de cancelar una sola cuota, estaría incurriendo en un delito