Mi casa tiene afectación familiar, puede ser embargada por cuota alimenticia?
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Contestado
No. Su casa esta protegida jurídicamente contra todo gravamen. Lo único que procede contra la afectación es el derecho hipotecario pero ese no es su caso. Consulte en Internet los articulo 42,44 y 51 de la Constitución Política de Colombia. Igualmente consulte la ley 258 de 1996. Atte. GDA.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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