Liquidación sin pago respuesta
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La empresa debería quedar paz y salvo con el trabajador en el momento en que se da por concluida la relación laboral, sin embargo, ello puede hacerlo extensible hasta el siguiente corte de nomina, sea quincenal o mensual, usted para darle celeridad a ese pago, puede requerir por escrito a su ex empleador, manifestando las consecuencias generadas en el evento de no realizar el pago de manera oportuna, entre ellas, la indemnización moratoria, que finalmente podrá reclamar ante la justicia ordinaria.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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acuda a la oficina del ministerio del trabajo y exponga su caso, si hay despido sin justa causa, deberan reintegrarlo, si no le han pagado liquidacion, hay qye hacer los reclamos, en realidad su pregunta no es muy clara
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