Ley de insolvencia economica

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Abogada y Comunicadora Social Bilingüe

Abogado de Bogotá especializado en Contratación

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Ley 1116 de 2006. Ley de reestructuración o reorganización. Para empresas q tengan dificultades económicas, mala administración. Estas pueden solicitar a la Superintendencia de Sociedades q le autorice entrar en dicha ley para no entrar en liquidación. Una vez emitido el auto que decreta dicha reorganización, los acreedores no podrán demandar la sociedad y ésta tiene un plazo para informar a la súpersociedades un acuerdo de pago con prelación de créditos. La supersociedades le puede otorgar hasta un 10% del valor total de la deuda para pagar inicialmente a los acreedores estratégicos para continuar operando, los demás acuerdos de pago deben llevar prelación y también visto bueno de la super.

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CONSULTORIO JURIDICO INTEGRAL - Bufete de Abogados INTEGRITY LEGAL
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Cordial salud, somos el bufete de Abogados, Consultorio Jurídico integral, podemos ayudarle en su caso. Contáctenos, para recibir asesoría personalizada: juridico@colombia.com

Efectivamente como afirman los colegas de SERNA NARANJO, es fundamental saber si usted es una persona natural o una persona jurídica. El tramite para las personas naturales se podrá realizar a través de una notaría o de un centro de conciliación autorizado, se convocará a todos sus acreedores y realizara acuerdos de pago.

Esperamos que su caso se resuelva favorablemente. Estamos para servirle.

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SERNA NARANJO Abogados

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Abogado de Cali especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Cordial saludo, sea lo primero determinar si quien esta interesado en el tramite de insolvencia es persona natural no comerciante, comerciante o persona jurídica, esto maraca el tramite, régimen legal aplicable, costo, ante quien se tramita y requisitos. También es necesario conocer mas detalles de su caso, por lo le invitamos a contactarnos www.consultoriajuridicagsg.com

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