La inasistencia alimentaria ¿hasta cuántos años del menor tiene cárcel?
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La sustracción del deber de alimentos a un menor, tiene una pena de prisión de treinta y dos (32) a setenta y dos (72) meses y multa de veinte (20) a treinta y siete punto cinco (37.5) SMLV. Si su capacidad económica ha disminuido, usted puede solicitar una disminución de la cuota alimentaria o conciliar directamente con la madre del menor, tenga en cuenta que el delito de inasistencia se configura, sólo cuando no existe causa justa que la sustente.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Le sugiero que inicie un proceso de reducción de cuota alimentaria, con el fin de evitar mayores inconvenientes.
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Cuatro (4) años y es excarcelable.
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