¿Es correcto el pago del 50% de mi salario por alimentos?

Buen día. Estoy interesado en conocer todo lo referente al embargo por alimentación. Mi cónyuge acaba de enviarme un documento donde solicita que me embarguen la mitad de mi salario por inasistencia alimenticia. Aún no me ha llegado la citación formal. ¿Qué debo hacer ahora? ¿Yo tengo forma de demostrar que sí estoy cumpliendo?

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LUIS FERNANDO TABORDA LOPEZ ABOGADO

Abogado de Bogotá especializado en Contratación Pública

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Contestado

La medida de embargo y secuestro de una cuota alimentaria podrá ascender legalmente al 50% del valor del ingreso de la persona deudora del alimentante; pero éste tiene legítimo derecho de proponer igualmente, la reducción de esa cuota alimentaria, cuando se justifiquen ciertas y clara exigencias jurídicas, como es la necesidad real y material del alimentante; que se deberá distribuir entre la madre y el padre. Por otra parte, también se podría reducir la cuota alimentaria cuando se tienen a su cargo otros hijos, que están recibiendo una cuota de parte del padre o la madre, que soporta la medida ejecutiva.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado