Derechos y deberes del inquilino
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Contestado
La ley 820 de 2003, no contempla dentro de las causales de entrega o terminación del contrato de arriendo la razón que la motiva a entregar " por que no se amaño" es prudente que revise la norma indicada a fin de que no sea objeto de acciones legales por parte del propietario, no obstante recuerde que siempre puede acudir a la conciliación para culminar obligaciones correctamente. En cuanto a hacer acta de entrega y pago de servicios eso es lo correcto, no es procedente que ud se vaya sin informar o dejando cargas económicas a quienes no utilizaron los servicios públicos o habitaron el inmueble. asistenciajudicialdevoument@gmail.com
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