¿Derecho de petición al ejercito?

¿Al radicar un derecho de petición ante el ejercito ellos deben poner algún sello o la firma de quien recibió ya es valida?

Radiqué un derecho de petición en el Distrito 59 De Soacha donde solo el sargento segundo me puso una firma con hora y fecha de recibido. ¿Era necesario un sello del ejercito? Espero pronta respuesta, muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
RONALD ROMERO

RONALD ROMERO

Abogado de Yopal especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Con el recibido es suficiente, ud debió poner una dirección de notificacion, donde recibirá la respuesta a los 15 días, si no la puso debe ir otra vez allá directamente a averiguar que pasó con su derecho de petición, si ellos no le responden ocurre algo que se llama silencio administrativo, que tiene repercusiones a su favor pero es un tema mas complejo el cual requerirá de asesoría jurídica especializada, depende que tan grande es su pretensión.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
SERNA NARANJO Abogados

SERNA NARANJO Abogados

Abogado de Cali especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

VER PERFIL
Contestado

Gracias por contactarnos, si quien le recibió tiene las funciones de recibir correspondencia o es quien decide o el responsable de contestar su petición, bastaría con dicho soporte pero con la precaución de obtener posteriormente el número de radicación que le debieron asignar.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado