Derecho civil : mantenimiento padre sin medios económicos.

Buenas tardes: quisiera gentilmente saber si mi padre de 84 años que se encuentra en un hogar geriátrico por su estado de salud me puede obligar a mi siendo su hija natural reconocida que vive hace más de 20 años en Italia ( he hecho todos mis estudios en Italia por último de Derecho) actualmente no trabajo por problemas serios de salud y estoy casada. Mi padre nunca se ocupó de mi mantenimiento a veces me mandaba cuando era menor de edad 100 dólares nunca un mantenimiento siempre fue mi madre que se encargó de mi mantenimiento junto con su esposo. Mi pregunta es la siguiente : puede un padre de 84 años con problemas económicos porque se gastó todo su patrimonio más de 400 millones en 2 años obligar a su única hija desocupada por motivos de salud ( estoy casada y mi esposo me mantiene el tiene 25 años) que vive en Italia a mantenerlo sin tener medios económicos. Las hermanas y los sobrinos son personas que tienen altos medios económicos y en este momento lo están ayudando para pagar el hogar geriátrico pero no quieren seguir ayudándolo. En este caso me pueden obligar a mi y a mi madre que esta está casada con otra persona y fue mi verdadero padre.?
Yo siempre tuve contactos con mi padre pagando todos los gastos para irlo a ver.
Atentamente

Respuestas de otros profesionales:
Basic
RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

VER PERFIL
Contestado

Las obligaciones alimentarias pueden ser fijadas, entre otros, en favor de ascendentes, descendientes y cónyuges/compañeros, bajo las circunstancias relacionadas en su caso, su padre estaría legitimado para exigir, en su calidad de hija, el pago de alimentos, acreditando únicamente el vinculo filial a través del registro civil de nacimiento, al no poderse probar las condiciones de su patrimonio ni ingresos, la legislación colombiana presume que sus ingresos equivalen a un salario mínimo mensual vigente y a partir de esa cuantía se establecerá la obligación. Frente a la posibilidad de que su madre sea obligada para cubrir alimentos, teniendo de presente su exposición del caso, no le imponible el deber de suministrar alimentos a su padre, toda vez que no existe vinculo matrimonial entre ellos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado