¿Si ya estoy embargado por alimentos me pude demandar en Fiscalía?
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Si tiene un embargo sobre su pensión, no es procedente la denuncian penal, por cuanto la persona está cumpliendo el compromiso adquirido y no está desamparado a la menor.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Lo unico que puede hacer es ponerse al dia con la cuota alimentaria antes que se configure el delito por inasistencia alimentaria, y le dicten medida de aseguramiento intramural
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Puede conciliar los valores adeudados dando por terminado tanto el proceso ejecutivo cómo el proceso penal de inasistencia alimentaria.
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