¿Cuánto demora un proceso de denuncia penal por inasistencia alimentaria ante la fiscalía?

Mi compañera tiene 4 hijos y desde el 2008 interpuso denuncia por el Delito de Inasistencia Alimentaria (Artículo 233 Código penal) y a la fecha no le han hecho nada ni le han respondido. ¿Qué puede hacer ella para que le responda el papá de los 4 menores con rectroactivo?

Ella los ha sustenido sola sin la ayuda de él. Según lo establecido en el Código Penal Colombiano, la persona que incumpla con sus obligaciones alimentarias “incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Asimismo, el Código Penal también indica que si el delito de inasistencia alimentaria se comete contra un menor, la pena será de treinta y dos (32) a setenta y dos (72) meses y la multa será ente veinte (20) a treinta y siete punto cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Según lo indicado por la Fiscalía General de la Nación, al año se reciben alrededor de 100 mil casos de inasistencia alimentaria, estando tal cifra muy por encima de otros delitos tales como secuestros, narcotráfico y homicidios.

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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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Contestado

Para el pago de los retroactivos usted deberá iniciar un proceso ejecutivo de alimentos y exigir el cumplimiento de las cuotas dejadas de pagar; en relación a la denuncia penal, deberá verificar el estado de su proceso en la fiscalía seccional donde la radicó.

Con gusto asumiremos la defensa de sus intereses.

Contacto: 3126666863
E-mail: perezhernandezabogados@gmail.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado