Concepto del acto de hurto.

Se podría considerar como ¨Hurto¨ el hecho en que un estudiante se encuentre un libro en un aula de clase del mismo grado y lo marque con su propio nombre?...teniendo encuenta que dicho acto ocurre con el aula vacia sin alumnos y el alumno se lo encuentra tirado en el piso...??( el hecho ocurre en una institución educativa)

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Logo-anonimous-w100
Contestado

Artículo 239. Hurto. El que se apodere de una cosa mueble ajena, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, incurrirá en prisión de dos (2) a seis (6) años.

La pena será de prisión de uno (1) a dos (2) años cuando la cuantía no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 240. Modificado por el art. 2. de la Ley 813 de 2003, Modificado por el art. 37, Ley 1142 de 2007. Hurto calificado. La pena será prisión de tres (3) a ocho (8) años, si el hurto se cometiere:

1. Con violencia sobre las cosas.

2. Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones.

3. Mediante penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado o en sus dependencias inmediatas, aunque allí no se encuentren sus moradores.

4. Con escalamiento, o con llave sustraída o falsa, ganzúa o cualquier otro instrumento similar, o violando o superando seguridades electrónicas u otras semejantes.

La pena será prisión de cuatro (4) a diez (10) años cuando se cometiere con violencia sobre las personas.

Las mismas penas se aplicarán cuando la violencia tenga lugar inmediatamente después del apoderamiento de la cosa y haya sido empleada por el autor o partícipe con el fin de asegurar su producto o la impunidad.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado