¿Cómo puedo eliminar un embargo de alimentos cuando ya pagué?
La cuota de alimentos es vitalicia, a no ser que las condiciones de la persona que está favorecida con la cuota alimentaria, haya cambiado su condición económica o haya contraído nuevas nupcias o haya dejado de existir o esté laborando. En otras palabras que su situación económica esté resuelta. El proceso lo debe dirimir ante el juez de familia. Pero si la persona requiere de la cuota alimentaria tiene que seguir aportando y el embargo continua porque es la garantía para que el obligado siga cumpliendo con la responsabilidad establecida por la autoridad competente.
Si fue un proceso ejecutivo de alimentos terminado por pago , debieron retirar el oficio para el desembargo del inmueble, de no haberlo hecho acercarse al juzgado.
Muy fácil si ya pago se solicita al juzgado el desembargo, porque si nadie lo solicita como hace el juez para levantarlo.