¿Cómo cancelo el usufructo de un bien inmueble, si ya falleció la persona que lo constituyó?

El usufructo se hizo en el año 1998 y mi tía falleció en el 2000 y a la fecha no se ha cancelado.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Grupo Patrick y Avellaneda Inmobiliaria. Desde 1995. Su éxito en Finca Raíz y de Negocios es Nuestro Compromiso.
Contestado

Presente la defunción ante Instrumentos, pero recuerde que son derechos reales el de dominio, el de herencia, usufructo, uso o habitación, prenda, servidumbres e hipoteca; en el caso que nos ocupa hablaremos específicamente al usufructo que no es más que el derecho que tiene una persona de gozar de una cosa ya sea fungible o no fungible, quien goza del derecho de usufructo tiene la obligación de conservar la cosa y de restituirla a su dueño. El usufructo se constituye tanto en cosas fungibles como no fungibles, en bienes muebles e inmuebles; cuando se trata de cosas fungibles el usufructuario debe devolver igual cantidad y calidad o pagar el valor de la cosa. En cuanto a bienes inmuebles se refiere, cuando este se da por actos entre vivos como lo dice el artículo 826 del código civil debe otorgarse por escritura pública para que sea válido.El derecho de usufructo se constituye por:
Por la ley.Por testamento.Por prescripción.Por donación.Venta Por otro lado el usufructo puede ser constituirse por tiempo determinado o por toda la vida del usufructuario, puede constituirse a favor de dos o más personas, es intrasmisible, cuando se es usufructuario de una cosa inmueble se tiene derecho a percibir todos los frutos naturales que esta produzca; en cuanto a los frutos civiles el artículo 894 del código civil expresa que día a día pertenecen al usufructuario. ¿Cuándo se extingue el usufructo? Cumplimiento de la condición fijada para su terminación. Por muerte natural del usufructuario. Por resolución del derecho de constituyente. Por la consolidación del derecho de propiedad y el usufructo. Por prescripción. Por la renuncia del usufructuario.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

IRMA PARRA

Abogado de Bogotá especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Con el registro civil de defunción se dirige a la oficina de registro de Instrumentos publicos a la que corresponde el inmueble, para que quede cancelado el usufructo por muerte del beneficiario del usufructuario.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado