Apelar audiencia en caso de alcoholemia

En el caso de suspensión y multa por alcoholemia. La cual era hecha con un mal procedimiento en el cual me efectuaron 6 pruebas y ninguna coincidía en rango. Pero no asistí a la audiencia por falta de abogado. Puedo apelar para una nueva audiencia después de un par de meses. Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Contestado

Conforme a la ley, el recurso de apelación en materia de infracciones de transito procede sólo contra las resoluciones que pongan fin a la primera instancia y deberá interponerse oralmente y sustentarse en la audiencia en que se profiera. Tenga presente que si usted es el contraventor y no asiste a la audiencia, sin justa causa comprobada dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a Ia notificación del comparendo, Ia autoridad de tránsito, después de treinta (30) días calendario de ocurrida Ia presunta infracción, seguirá el proceso, entendiéndose que queda vinculado al mismo, fallándose en audiencia pública y notificándose en estrados. En Ia misma audiencia, si fuere posible, se practicarán las pruebas y se le sancionará o absolverá. Si fuere declarado contra-ventor, se le impondrá el cien por ciento (100%) de Ia sanción prevista en Ia ley. Los malos procedimientos de los agentes de transito no son escusa para no ir a la audiencia, precisamente el proceso esta para demostrar esas fallas y evitar sanciones.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado