¿Un título valor generado en el extranjero tiene validez en Colombia?

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Lexdir

Sí. El artículo 646 del Código de Comercio establece que “los títulos creados en el extranjero tendrán la consideración de títulos-valores si llenan los requisitos mínimos establecidos en la ley que rigió su creación”. Esto quiere decir que para ser válido en Colombia, un título valor extranjero debe cumplir los requisitos establecidos en la ley que lo creó. En l a práctica, el beneficiario de un título valor extranjero debe presentar la legislación del país en el que se creó el título para verificar que el documento cumple con los requisitos exigidos por ese país.