¿quiénes responde por alimentos?

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Lexdir

A pesar de que la mayoría de los condenados son hombres, el padre y la madre están en pie de igualdad frente al deber de alimentos. Lo que suele suceder es que la madre se queda a cargo de los hijos, pero el hombre también puede demandar como padre o como cónyuge al que se le deben alimentos.

La obligación de alimentos se tiene con los padres, hijos, esposo, esposa, compañero o compañera permanente, en parejas heterosexuales o del mismo sexo. La obligación frente al hijo surge desde el momento del nacimiento y frente al cónyuge desde el matrimonio.La mujer embarazada puede reclamar alimentos a favor del niño que está por nacer, siempre que el padre legítimo o extra matrimonial haya reconocido la paternidad.