Si yo tuve un accidente de tránsito cuando me dirigía para mi trabajo despues de almorzar (me dirigia a entrar a las 2 pm) se considera este como un accidente de trabajo in itinere?

Mi horario de trabajo es de lunes a jueves de 8 am a 12m y de 2p.m. a 6p.m. y los viernes de 8 a 12 y de 2 a 5p.m. Soy funcionaria publica y le solicite ala empresa que lo reportara como accidente de trabajo y la empresa considero que no lo reportaba porque para ellos no era accidente de trabajo

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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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Se consideraría accidente laboral si se movilizaba en un vehículo de la empresa o un vehículo asignado por la empresa para su movilización, o si estando fuera de la empresa se encontraba en ejercicio de sus obligaciones laborales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Dario Alonso Castro Beltran

Abogado de Barranquilla especializado en Derecho Laboral

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Efectivamente no es un accidente de trabajo a no ser que se estuviera movilizando en un vehículo de la empresa

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado