¿Se puede renunciar sin aviso cuando el empleador no cumple lo pactado?

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Firma Legal Colombia

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Abogado de Medellín especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Contestado

Cordial saludo,
Legalmente puede hacerlo, siempre y cuando no haya pactado algo diferente en el contrato de trabajo.
Es de anotar que en estos casos es mejor renunciar por medio escrito e indicar el incumplimiento del que usted habla. El empleador debe firmar esta carta y liquidarlo.
Si la situación de incumplimiento lo amerita, puede dirigirse a la oficina del ministerio de trabajo o llamar a la línea 120 desde cualquier celular.
Haga valer sus derechos, pero siempre actúe con la mayor ética posible.
Hasta pronto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado