¿Qué hago? por favor quiero orientacion
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Contestado
Es necesario verificar si existe algún título valor (letra, pagaré...) que la vincule con su acreedor.
En todo caso, usted puede requerirlo para replantear las condiciones de pago y la deuda misma en cualquier momento, tenga en cuenta, que dado un eventual incumplimiento de su parte, con respecto a la deuda, sólo es embargable la quinta parte del salario que exceda el mínimo legal vigente.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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