¿Qué debe hacerse frente a una violación al debido proceso?

Si te han vulnerado este derecho al rebajarte de hecho, arbitrariamente, tu pensión, no por un acto administrativo sino por decisión de un funcionario y no siendo fraudulenta, ¿cuánto tiempo tienes para interponer una tutela? Gracias.

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Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
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La tutela No tiene un termino de caducidad definido en norma expedida por el legislativo; pero por el principio de inmediatez que le asiste en su protección a los derechos fundamentales como el debido proceso, la corte constitucional a expresado en reiterada jurisprudencia que el termino prudente para su uso es de 6 meses contados a partir de la violación del derecho; pero si existe un termino PERENTORIO de 2 meses, si la tutela se dirije contra sentencias o providencias judiciales, sin perjuicio de poder accionar vía contenciosa administrativa contra el acto o sentencia. (revise el decreto 2591 de 1991 y ley 1437 de 2011) Atte. GDA.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Jhasuá Berrío

Abogado Jhasuá Berrío

Abogado de Pamplona especializado en Contencioso Administrativo

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en tal caso, en mi criterio, procede preferentemente, no la tutela, sino la reclamación en vía gubernativa, y eventualmente el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, para el cual hay cuatro meses desde que el acto administrativo queda en firme. att, Jhasua berrio. cel 313 / 416 /30 20.

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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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Debe solicitar amparo constitucional de sus derechos ante un Juez mediante acción de tutela.

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