¿Puedo reclamar por ser hija reconocida en el registro civil?

Soy hijo extramarital pero reconocido en registro civil, nunca he recibido nada de mi progenitor, y creo que su intensión es la de no darme nada. Como manera de castigo hacia mi mamá, me he enterado que ahora que tiene 90 años la esposa es la que declara los bienes ante la Dian. Quiero saber si al momento de fallecer yo puedo reclamar algo por ser hija.

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Si tiene derecho a heredar el porcentaje de ley a su favor ante la autoridad correspondiente acreditando su calidad de hijo con el registro civil de nacimiento, ahora si todos los bienes de su padre estan a nombre de la actual esposa, contrate un estudio de titulos de propiedad a efectos de determinar algun fraude, alzamiento abuso por parte de la actual mujer de su padre, recuerde que en la mayoria de los casos las personas mayores de edad son victimas de estafas familiares, independientemente de las conductas de su padre en la juventud, la realidad es ahora, y muy posiblemente si actua bien asesorado, pueda acceder a un patrimnio que creia perdido. Contactenos. Grupo P&A Abogados.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Firma Legal Colombia

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Claro, tienes todos los derechos, tanto en vida como en muerte de el. Si esta vivo y eres menor de edad, puedes demandar por alimentos y si eres mayor de 18, pero estudias un programa académico reconocido, tambien puedes solicitar alimentos.
Si el muere, eres heredero legítimo y por lo tanto puedes heredar los bienes del difunto.
Te recomiendo que hagas valer tus derechos, puedes ir a un consultorio jurídico de una universidad o contratar a un abogadopara que te brinden mayor asesoría.

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SERNA NARANJO Abogados

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Cordial saludo, gracias por contactarnos.
El registro civil le da el soporte necesario para reclamar, no obstante pareciera que al ser la esposa quien declara impuestos, sería ella la propietaria. La tarea es conocer si tiene propiedades a su nombre o las propiedades que están a nombre de la esposa, el origen de las mismas, su destinación. Esto podrá dar un panorama de las posibilidades jurídicas y la viabilidad económica de su caso.

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Parrado Ochoa Holguín Abogados

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Gracias por contactarnos. Al ser usted reconocida como hija, tiene los mismos derechos que sus hermanos o medio hermanos. Ejemplo tiene derecho a reclamar alimentos si es menor de edad o si aún estudia y tiene menos de 25 años. Si falleció su padre también tiene derecho a reclamar color hija herencia. Cualquier duda estaré gustoso de ayudarle. Gonzalo Parrado

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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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En efecto, usted tiene derecho a los bienes que pueda tener su padre, recuerde que por estar casado ellos constituyen sociedad patrimonial con los bienes de su esposa, así que usted sólo podrá exigir lo que se encuentren en cabeza de su padre una vez se liquide la sociedad conyugal, además de los bienes excluidos de ella.

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