¿Puedo instaurar un desacato por una respuesta que para mi fue insatisfecha?
Los derechos de petición deben ser respondidos en forma clara, precisa y completa, de acuerdo a la solicitud importada, si en alguno de sus apartes no se satisface su solicitud por no realizarse la respuesta bajo los criterios expuestos (clara, precisa y completa), indudablemente se estaría vulnerando su derecho fundamental de petición, teniendo plena facultad de exigir dicha respuesta ante un Juzgado de tutela que ampare su derecho. Amparado el derecho por el Juez de tutela y de e persistir la renuencia de la entidad frente al desarrollo de la tutela, podrá solicitar al mismo juez verificar el cumplimiento de su resolución judicial y en subsidio Tramitar el desacato.
Recuerde que el incumplimiento de estas sentencias implican consecuencias de carácter disciplinario y penales.
Con gusto asumiremos la defensa y representación de sus intereses, comuníquese con nosotros a través de los datos de contacto en nuestro perfil.
No necesariamente, respecto de la tutela.
Del Derecho de Petición sí es obligación decidir de fondo, en forma motivada y precisa, así no sea favorable la solicitud.