¿Luego de 12 años podemos hacer capitulaciones?
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Contestado
¿Para qué Capitulaciones? Ud ya tiene unos derechos adquiridos como pareja compañera permanente desde el segundo año de convivencia, y matrimonio? ojo con el tema de los bienes porque si se casan y están a nombre de su pareja entran como bienes propios de cada cónyuge pudiendo confundir los bienes que eran de los compañeros permanente y después quedando en cabeza de uno. Tu consulta requiere más datos.
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