¿En cuánto tiempo deben abonarme mi liquidación?
No existe una fecha determinada para ello, sin embargo el empleador cuenta con un tiempo prudencial para hacerlo, lo que implica perpetuaren el tiempo dicho pago, si hasta el próximo 30 de enero, no ha tenido solución alguna, le sugerimos comunicarse con nosotros.
El incumplimiento de esa obligación por parte del empleador es sancionado con una indemnización en favor del trabajador, correspondiente al pago de un día de salario por día de mora durante los primero 24 meses.
Contacto: 3126666863
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las empresas deben pagar de forma inmediata o dentro de un periodo prudente las liquidaciones de los contratos, de no hacerlo usted puede acudir al ministerio de trabajo de su ciudad y convocar a una audiencia de conciliación, con el fin que le sea pagada la liquidación más la sanción por falta de pago.
Dicha sanción o indemnización corresponde a un día de salario por cada día de mora, situación que en caso de no resolver de forma conciliada, puede acudir a la justicia ordinaria (jueces laborales) representado por un abogado.
ABOGADO LEAL COMPAÑÍA. Centro de servicios jurídicos en Derecho Laboral.
Abogado de Villavicencio especializado en Derecho Laboral
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