¿Cómo cobrarle la cuota alimentaria al padre de mis hijos?
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Contestado
Bajo ninguna causal puede el padre alegar no tener obligación alimentaria en relación a los hijos, obligación que entre otras cosas deben cubrir gastos de salud, educación, vivienda, recreación y demás necesidades de los menores.
Los alimentos debidos pueden equivaler hasta el 50% de los ingresos del padre y si este no se encuentra labrando ni es posible demostrar ingreso alguno, se presumirá que estos corresponden al salario mínimo legal mensual vigente.
Usted en cualquier momento, actuando en nombre y representación de sus hijos menores, podrá solicitar la fijación de cuota alimentaria al padre.
Con gusto asumiremos la defensa y representación de sus intereses, comuníquese con nosotros a través de los datos de contacto en nuestro perfil.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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