Conformación de la sociedad de bienes

Convivir por 25 años con mi pareja y posteriormente me casé con él. ¿Por lo civil qué pasa con los bienes adquiridos en la convivencia y los adquiridos después del matrimonio en el evento de una separación?

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Diana Milena Jimenez Castiblanco

Abogado de Fusagasuga especializado en Derecho Penal

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Todo lo adquirido durante los 25 años de convivencia ahora hace parte de la sociedad conyugal por el matrimonio (claro si no se hizo capitulaciones para contraer nupcias), por ello frente a un evento de que si actualmente estuvieren ante un eventual divorcio, todos los bienes adquiridos estarán incursos en la repartición que se llevaría a cabo en la la liquidación de dicha sociedad conyugal.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Litiscobro SAS

Litiscobro SAS

Abogado de Bucaramanga especializado en Procesal Civil

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No pasa nada desde que son pareja entra todo a la sociedad patrimonial y luego la conyugal no pasa nada no pierde nada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado