¿Cómo puede evitarse el uso indebido del régimen de visita y la cuota alimentaria?

Mi esposo acordó hace un año mediante acta de conciliación una cuota determinada para una menor de cinco años, la cual ha cumplido desde la firma del acuerdo. Actualmente estamos casados y tenemos un hijo de dos meses, y dependo completamente de sus ingresos, por lo cual deseamos solicitar la reducción de la cuota. Se intentó realizar directamente con ella, pero se negó a conciliar a pesar de los argumentos validos. Además de esto, residimos en un departamento muy apartado de la residencia de la menor, razón por la cual mi esposo no puede ver a su hija en los parámetros estipulados en el acta de conciliación y su trabajo le impide igualmente disfrutar en los períodos normales de las vacaciones (junio,diciembre). Sin embargo, cuando es posible que mi esposo viaje para ver a la niña, la madre la niega, y cuando finalmente accede a dejarla ver, notamos las ideas en contra del padre que le han plantado.

De igual manera, la menor muestra signos de retraso de su desarrollo y de afectación psicológica, demostrando miedo cuando contesta las llamadas de la madre y hemos escuchado sus conversaciones donde ella la instiga a decirnos palabras soeces y a decirle a mi esposo que abandonó a su hija y no responde por ella.

La dificultad que presenta mi esposo es el escaso tiempo de permiso dado en su trabajo para realizar los trámites y la distancia entre nuestro hogar y el de la pequeña. Mi pregunta es qué podemos hacer para poder indagar los posibles signos de maltrato y descuido a los que está siendo sometida la menor y el indebido uso del dinero que le corresponde y que mi esposo consigna mensualmente y de qué manera denunciar la alienación permanente de la madre para permitir la normal relación padre e hija, ya que mi esposo desea e insiste en permanecer en la vida de la niña pero la señora no le permite siquiera comunicarse vía telefónica. Muchas gracias.

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RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

RAFAEL PEREZ HERNANDEZ

Abogado de Cartagena especializado en Derecho Penal

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La custodia implica una serie de obligaciones como son el cuidado personal de la menor y el deber de permitir el acceso o derecho de visitas del otro progenitor, todo ello orientado al desarrollo armónico, integral, normal y sano de la niña, abarcando tanto el aspecto físico, psicológico, afectivo, intelectual y ético, como todo lo referente a la plena evolución de su personalidad.
Dadas las condiciones expuestas, su esposo, tiene la facultad para exigir desde la modificación del régimen de visitas y alimentos, como el inicio de un proceso de custodia, toda vez que la madre del menor no está cumpliendo con sus obligaciones, al punto de poder estar incurriendo en conductas penalmente cuestionables como "el ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad".
Así mismo, las presiones ejercidas sobre la menor y los presuntos maltratos, que pueden ser tanto físicos como psicológicos, son causales aplicables en el evento de proyectar una suspensión o privación de la patria potestad sobre la menor.
Los trámites y la distancia para desarrollar uno o varios de los tramites relacionados, no son impedimento para realizaros, con gusto podemos asumir la defensa de sus intereses.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado