¿Cómo puede evitarse el uso indebido del régimen de visita y la cuota alimentaria?
La custodia implica una serie de obligaciones como son el cuidado personal de la menor y el deber de permitir el acceso o derecho de visitas del otro progenitor, todo ello orientado al desarrollo armónico, integral, normal y sano de la niña, abarcando tanto el aspecto físico, psicológico, afectivo, intelectual y ético, como todo lo referente a la plena evolución de su personalidad.
Dadas las condiciones expuestas, su esposo, tiene la facultad para exigir desde la modificación del régimen de visitas y alimentos, como el inicio de un proceso de custodia, toda vez que la madre del menor no está cumpliendo con sus obligaciones, al punto de poder estar incurriendo en conductas penalmente cuestionables como "el ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad".
Así mismo, las presiones ejercidas sobre la menor y los presuntos maltratos, que pueden ser tanto físicos como psicológicos, son causales aplicables en el evento de proyectar una suspensión o privación de la patria potestad sobre la menor.
Los trámites y la distancia para desarrollar uno o varios de los tramites relacionados, no son impedimento para realizaros, con gusto podemos asumir la defensa de sus intereses.