¿Como debo hacer una cuenta de cobro por 14 años que el padre no ha respondido?

¿Cómo debo hacer una cuenta de cobro por 14 años que no a respondido el padre de mi hijo?

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JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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Asi no funciona, usted solo puede cobrarle lo que le adudada desde la fecha en que suscribió el acta de conciliación donde fijaron la cuota alimentaria y regularon otros temas como visitas, mudas, custodia, recreación, etc.

Los alimentos no son retroactivos.

Sino tiene cuota fijada, primero debe citar al padre a una comisaría de familia y solicitar que le fijen una cuota.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Carlos Suárez abogados

Carlos Suárez abogados

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común

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eso no es tan fácil, debe pagarle a alguien que lo haga. Si usted me habla de liquidación de 14 años me imagino que ya hay sentencia ejecutiva en firme y va para sentencia pero el abogado que le lleva el proceso se la hace.

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