Ventajas de la adopción en Colombia

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Adoptar hijos ajenos no es una tarea fácil, rápida, ni económica y constituye una decisión que va a tener repercusiones de por vida, ya que el establecer una relación de padre y madre con otra persona no puede ser reversada, que es, ni más ni menos, lo mismo que ocurre con la decisión de tener hijos biológicos.

En diversos países europeos, ante la dramática disminución en la tasa de fertilidad de las parejas originarias de esos estados y el gran índice de natalidad existente en las comunidades provenientes de otras latitudes, se ha llamado la atención sobre el cambio en la relación poblacional entre los europeos raizales y los inmigrantes, al punto que una de las periodistas más famosas de Italia, Oriana Fallaci ha sostenido que en pocas décadas deberá hablarse de Eurasia más que de Europa[1], se han generado en varios estados la política pública de incentivar a las parejas para contraer matrimonio y para tener hijos, inclusive a través de subsidios económicos directos. Todo con el propósito de contar con población joven que engrose la fuerza de trabajo y tenga posibilidades de aportar para el sistema pensional en el cual cada día más aumenta el número de receptores de las mesadas y disminuye el de aportantes.

Lo anterior ha hecho que muchas sociedades, estados y familias aborden seriamente el estudio de dónde resulta más conveniente adoptar, lo cual ha llevado a que algunas entidades que pretenden su acreditación por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como organismos mediadores en materia de adopción, deban realizar cuadros comparativos acerca del tiempo, el número de trámites y los costos[2], pudiéndose afirmar, sin ambages, que Colombia tiene una serie de ventajas respecto de la adopción de niños en este país, tales como las siguientes:

 - La transparencia: Las adopciones en Colombia requieren la intervención obligatoria del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, que es una organización estatal, en la cual varios grupos de trabajo tienen responsabilidades en el tema del que se viene tratando, puesto que las solicitudes de los interesados en adoptar son analizadas por un grupo multidisciplinario que analiza los antecedentes, condiciones y aptitudes de los peticionarios para ingresarlos a una lista de espera, luego de la cual, una vez ha llegado el momento, pasan a otros grupos denominados “Comités de Adopciones”, que asignan el niño, la niña o el adolescente, sin que el trabajo de esta entidad pare allí, puesto que una vez se ha producido el encuentro entre los adoptantes y el menor de edad, se hace otro análisis, por otros funcionarios, concretamente los Defensores de Familia, acerca del nivel de integración que viene dándose entre adoptado y adoptantes, para que, finalmente, otro funcionario del mismo instituto intervenga en el proceso judicial de adopción que se tramita en los Juzgados de Familia.

 - La Certeza: Lamentablemente en algunos países han ocurrido episodios desafortunados en los cuales entidades dedicadas a mediar en el tema de las adopciones, cobran ingentes sumas de dinero a los interesados en adoptar, las cuales después resultan siendo perdidas por quienes las pagaron, puesto que en algunos casos se les informa que al final del procedimiento la madre biológica decidió finalmente no dar a su hijo en adopción. Las sumas cobradas a los que pretenden adoptar son cubiertas con pretextos tales como: alimentación para la madre gestante, apoyo terapéutico, sicológico y social a la misma, gastos de alojamiento, recreación, bienestar y medicinas para ella. En Colombia, dado que la ley prohíbe –salvo unos casos muy excepcionales- otorgar consentimientos para dar en adopción a los menores respecto de adoptantes determinados,  es inadmisible el cobro de sumas por los rubros anotados.

 - La firmeza: En algunos países, como por ejemplo Rusia, los niños les son entregados a los adoptantes en forma provisional, mientras se tramita un proceso judicial que, en algunas oportunidades, puede culminar con una sentencia negando la adopción, lo cual determina la necesidad de reintegrar el menor a su país. En Colombia ello no es posible, dado que el menor de edad solamente puede salir del territorio nacional, una vez está en firme la sentencia judicial que concedió la adopción[3].

 - La tranquilidad: Los expedientes contentivos de los trámites de adopción en Colombia cuentan con una reserva que impide ser conocidos por quienes no tienen ningún interés en ellos y, además, salvo casos excepcionales que ha reconocido la Corte Constitucional, los propios interesados, vale decir padre y madre biológicos, adoptantes y adoptivos solo pueden obtener acceso a esos documentos pasados varios años. Esto impide que personas sin interés en el tema accedan a la documentación y pretendan localizar a los adoptantes, para pretender extorsionarlos con la posibilidad de revelar la verdad acerca del origen del hijo o la hija que adoptaron.

 - La salud: Por supuesto que quien tiene hijos biológicos no puede negarse a que nazcan o dejar de tenerlos bajo su cuidado si presentan alguna afectación a la salud. En materia de adopciones, una ventaja existente en Colombia es que cuando un menor de edad le es asignado a una familia, se surte un proceso de presentación de la historia social y de los estudios médicos, clínicos y de laboratorio del niño, la niña o el adolescente, para que los adoptantes puedan emitir un consentimiento informado acerca de su aceptación al menor de edad que les ha sido asignado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

 - La economía: Lamentablemente resulta necesario hacer mención a este punto, que no debería siquiera ser sugerido cuando de seres humanos se trata, pero la verdad es que estudios hechos para presentar documentaciones al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar demuestran que los costos en países como Rusia superan ampliamente los 20.000 dólares, mientras que en Colombia, los mismos en muchas oportunidades no llegan ni siquiera a la cuarta parte de esa cifra.

 

Todos los argumentos analizados permiten concluir esta nota afirmando claramente que adoptar en Colombia tiene una serie de ventajas comparativas que hacen conveniente tomar la decisión de prohijar niños, niñas y adolescentes nacidos en este país.

Por: Ramiro Rodríguez López

[1] En su libro “La Fuerza de la Razón”.

[2] En Colombia, el Código de Infancia y Adolescencia prohíbe cobrar por las adopciones, pero por supuesto existen trámites que generan costos, como la representación ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, los Juzgados de Familia, las embajadas y consulados de los países de origen de los padres adoptantes de nacionalidad extranjera, las traducciones, los pasaportes, las copias y las apostillas, que pueden ascender a sumas aproximadas a 4000 dólares.

[3] En la práctica, el menor sale con registro civil de nacimiento con sus nuevos nombres y apellidos y con pasaporte del país de origen de los adoptantes.

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